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💊 Dispensación, receta y consejería al paciente

La receta como documento

Dispensar empieza por leer. Una receta válida identifica al paciente, identifica al prescriptor con sus credenciales, indica el medicamento con su concentración y forma, la cantidad, las instrucciones de uso, las repeticiones autorizadas y la fecha. Si un elemento falta o resulta ambiguo, el farmacéutico no adivina: aclara con el prescriptor y documenta la aclaración. Las recetas de sustancias controladas añaden requisitos propios que se trabajan en su área específica.

Revisión del uso de medicamentos

Antes de contar la primera tableta, el farmacéutico revisa el perfil del paciente. Esa revisión —conocida como revisión prospectiva del uso de medicamentos y exigida en el marco federal por la reforma presupuestaria de 1990 conocida como OBRA-90— busca duplicidad terapéutica, interacciones, alergias documentadas, contraindicaciones aparentes, dosis fuera de lo esperado y adherencia. Cuando algo no cuadra, se detiene la dispensación y se resuelve.

Rotulación y envase

La etiqueta es el único documento que el paciente se lleva a la casa. Debe permitir identificar el medicamento, entender cómo usarlo y saber a quién llamar. Los rótulos auxiliares refuerzan advertencias concretas: agitar antes de usar, proteger de la luz, completar el tratamiento, no manejar maquinaria. La Poison Prevention Packaging Act exige envase a prueba de niños salvo solicitud del paciente o instrucción del prescriptor, y esa excepción se documenta.

Sustitución genérica y equivalencia

La sustitución por un producto genérico se apoya en la equivalencia terapéutica publicada por la FDA en el compendio conocido como Orange Book: los códigos que comienzan con A identifican productos considerados terapéuticamente equivalentes; los que comienzan con B, no. Un producto equivalente contiene el mismo principio activo, en la misma cantidad, forma y vía, y ha demostrado bioequivalencia. La decisión del prescriptor de exigir la marca y la voluntad del paciente se respetan y se registran.

Errores y su prevención

La mayoría de los errores de dispensación tienen causas conocidas: nombres que se parecen a la vista o al oído, órdenes verbales mal entendidas, abreviaturas ambiguas, interrupciones y prisa. Las barreras que funcionan son sistémicas: doble verificación, uso de letra mayúscula diferenciada en nombres parecidos, lectura de código de barras, repetición de la orden verbal y una cultura que permite reportar sin castigo. Cuando ocurre un error, la conducta profesional es contenerlo, comunicarlo y documentarlo.

Consejería

La oferta de consejería es parte del acto profesional. Una consejería útil cubre para qué es el medicamento, cómo y cuándo se usa, qué esperar, qué efectos vigilar, qué hacer ante una dosis olvidada y cómo almacenarlo. En un entorno como el puertorriqueño, hacerlo en el idioma del paciente y confirmar la comprensión mediante la técnica de devolución de la explicación son elementos de calidad, no cortesías.

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Preguntas de muestra (35)

1. ¿Cuál de estos elementos debe constar siempre en una receta para poder despacharla?

  1. La identificación del paciente y del prescriptor con sus credenciales
  2. El número de póliza del plan médico que cubre al paciente atendido
  3. El precio estimado del producto en el establecimiento que la despacha
  4. La firma del farmacéutico que recibirá la receta en el mostrador

La Ley 247-2004 y la reglamentación de la Junta exigen que la receta identifique al paciente y al prescriptor, además del producto, la cantidad y las instrucciones. Los datos de cobertura, el precio y la firma del farmacéutico no son elementos de validez de la orden.

2. Una receta no indica la cantidad a dispensar. ¿Cómo procede el farmacéutico?

  1. Dispensa la presentación comercial más pequeña que tenga disponible en el local
  2. Contacta al prescriptor para completar el dato y documenta la aclaración obtenida
  3. Dispensa la cantidad que el paciente indique que le recetaron en la consulta
  4. Dispensa una cantidad para treinta días por ser el período más habitual

Una receta incompleta se aclara con el prescriptor antes de dispensar, y la aclaración se documenta conforme al estándar de cuidado que exige la Ley 247-2004. Deducir la cantidad del envase disponible, del recuerdo del paciente o de una costumbre no es una alternativa aceptable.

3. ¿Qué función cumple la fecha de emisión en una receta?

  1. Determina el precio que debe aplicarse al producto en el momento del despacho
  2. Fija el plazo durante el cual el plan médico procesará el reclamo electrónico
  3. Permite establecer su vigencia y el orden de las dispensaciones realizadas
  4. Indica el día en que el paciente debe comenzar necesariamente el tratamiento

La fecha de emisión permite determinar la vigencia de la receta y ordenar las dispensaciones, elemento de control exigido por la reglamentación de la Junta y, para controlados, por la reglamentación federal. No fija precios, ni plazos de facturación, ni el inicio obligatorio del tratamiento.

4. Una receta manuscrita resulta difícil de leer en el nombre del producto. ¿Qué corresponde hacer?

  1. Interpretar el nombre según el producto que el prescriptor receta con más frecuencia
  2. Aclararlo con el prescriptor antes de dispensar y dejar constancia de la respuesta
  3. Consultar al paciente, que probablemente recuerda el nombre del medicamento
  4. Despachar el producto cuyo nombre más se parezca a lo que aparece escrito

La ambigüedad se resuelve con el prescriptor y se documenta, conducta que la literatura de seguridad del paciente identifica como barrera frente al error por nombres parecidos. Interpretar por costumbre, apoyarse en el recuerdo del paciente o elegir por semejanza son prácticas de riesgo. Fuente: Institute for Safe Medication Practices (ISMP), Targeted Medication Safety Best Practices for Community Pharmacy.

5. ¿Qué debe permitir la sección de instrucciones de uso del rótulo?

  1. Que el plan médico verifique la cantidad autorizada para ese período de cobertura
  2. Que el paciente sepa cómo, cuándo y durante cuánto tiempo usar el producto
  3. Que el prescriptor confirme que la receta fue despachada correctamente
  4. Que el establecimiento acredite el margen aplicado al producto dispensado

Las instrucciones del rótulo deben permitir al paciente usar el producto correctamente fuera de la farmacia, exigencia del marco de la Ley 247-2004 y de la práctica de dispensación. La verificación del plan, la confirmación al prescriptor y los datos comerciales no forman parte de esa función.

6. Una receta indica el uso del producto solo con la expresión según indicación. ¿Qué debe hacer la farmacia?

  1. Rotular con esa misma expresión porque reproduce fielmente lo que dice la receta
  2. Explicar verbalmente las instrucciones y omitirlas en el rótulo del envase
  3. Rotular con las instrucciones habituales que figuran en el prospecto del producto
  4. Obtener del prescriptor instrucciones concretas y rotularlas de forma comprensible

El rótulo debe permitir un uso correcto sin ayuda adicional, de modo que una instrucción indeterminada se concreta con el prescriptor antes de dispensar. Copiar la expresión, sustituirla por la del prospecto u omitirla del rótulo deja al paciente sin la información esencial. Fuente: DailyMed, etiquetado de prescripcion aprobado por la FDA; consultar la etiqueta vigente del producto concreto.

7. ¿Por qué la práctica de seguridad desaconseja determinadas abreviaturas en las recetas?

  1. Porque alargan el tiempo necesario para transcribir la orden al sistema
  2. Porque impiden identificar al prescriptor que emitió la orden
  3. Porque el plan médico rechaza los reclamos que las contienen
  4. Porque se prestan a confusión y han producido errores documentados

Diversas abreviaturas se confunden entre sí y han originado errores documentados, motivo por el que la literatura de seguridad del paciente recomienda evitarlas. El tiempo de transcripción, la facturación y la identificación del prescriptor no son la razón de esa recomendación. Fuente: Institute for Safe Medication Practices (ISMP), Targeted Medication Safety Best Practices for Community Pharmacy.

8. ¿Qué examina la revisión prospectiva del uso de medicamentos?

  1. Duplicidades, interacciones, alergias y adecuación aparente de la terapia
  2. El historial de pagos del paciente y la cobertura vigente de su plan médico
  3. La disponibilidad del producto en el inventario del establecimiento
  4. La rentabilidad de la dispensación para el establecimiento farmacéutico

La revisión prospectiva exigida por el marco federal de OBRA-90 examina duplicidad terapéutica, interacciones, alergias documentadas, contraindicaciones aparentes y adecuación de la terapia. Las comprobaciones de cobertura, inventario y rentabilidad son administrativas.

9. ¿En qué momento debe realizarse la revisión prospectiva del perfil?

  1. Únicamente cuando el paciente pregunta por una posible interacción
  2. Después de la entrega, al registrar la operación en el sistema informático
  3. Antes de completar la dispensación y de entregar el producto al paciente
  4. Solamente en la primera dispensación de cada producto nuevo

La revisión es prospectiva precisamente porque precede a la dispensación: se realiza antes de entregar el producto, conforme al marco de OBRA-90. Diferirla, condicionarla a una pregunta o limitarla a la primera dispensación anula su función preventiva.

10. ¿Qué información debe recoger el perfil de medicamentos del paciente?

  1. Únicamente los productos recetados dispensados en ese mismo establecimiento
  2. Las preferencias comerciales del paciente sobre marcas y presentaciones
  3. El historial completo de reclamos presentados a los planes médicos
  4. Datos demográficos, terapias, alergias y comentarios clínicos relevantes

El perfil que exige el marco de OBRA-90 recoge datos demográficos, terapias conocidas, alergias, condiciones relevantes y comentarios del farmacéutico. Limitarlo a lo dispensado en el local, a los reclamos o a preferencias comerciales lo vacía de utilidad clínica.

11. ¿Cuándo debe actualizarse el perfil del paciente?

  1. Cada vez que se obtiene información nueva relevante para su terapia
  2. Una vez al año, coincidiendo con la renovación de su plan médico
  3. Solamente cuando el paciente cambia de prescriptor habitual
  4. Cuando el sistema informático solicita la revisión de forma automática

El perfil se actualiza siempre que se obtiene información nueva relevante, porque su utilidad depende de que refleje la situación real del paciente. Un calendario anual, un cambio de prescriptor o un aviso del sistema no son criterios suficientes. Fuente: OBRA-90, prospective drug-use review and patient-counseling requirements.

12. ¿Qué datos identifican la dispensación en el rótulo que coloca la farmacia?

  1. El nombre del paciente, el producto, las instrucciones y los datos del establecimiento
  2. El costo de adquisición del producto y el margen aplicado por la farmacia
  3. El número de reclamo enviado al plan médico y la fecha de su aprobación
  4. La lista completa de efectos adversos descritos por el fabricante en el prospecto del producto

El rótulo identifica al paciente, al producto dispensado, las instrucciones de uso y al establecimiento y al prescriptor, según la reglamentación aplicable a la dispensación. Los datos comerciales, de facturación y el prospecto completo no forman parte del rótulo. Fuente: DailyMed, etiquetado de prescripcion aprobado por la FDA; consultar la etiqueta vigente del producto concreto.

13. ¿Qué criterio guía la selección de un rótulo auxiliar?

  1. Colocar el mayor número posible para cubrir todas las advertencias existentes
  2. Elegir los que aportan una advertencia relevante para ese producto y paciente
  3. Utilizar siempre los mismos rótulos para todos los productos dispensados
  4. Colocarlos solo cuando el paciente solicita información adicional por escrito

El rótulo auxiliar aporta valor cuando destaca una advertencia relevante para el producto y el paciente concretos; saturar el envase reduce la atención sobre cada mensaje. La uniformidad indiscriminada y la colocación a petición tampoco responden al estándar de práctica. Fuente: Poison Prevention Packaging Act, 15 U.S.C. §§ 1471–1477.

14. ¿Qué permite dispensar un producto sin envase de seguridad para niños?

  1. La solicitud del paciente o la instrucción del prescriptor, debidamente documentada
  2. La decisión del farmacéutico cuando considera que el paciente vive solo
  3. La ausencia de menores en el domicilio declarada verbalmente por el paciente que la recoge
  4. El tipo de producto, ya que la exigencia solo alcanza a los líquidos orales

La Poison Prevention Packaging Act admite la excepción a solicitud del paciente o por instrucción del prescriptor, y esa excepción se documenta. Ni el criterio unilateral del farmacéutico, ni una declaración informal, ni el tipo de forma farmacéutica bastan por sí solos.

15. ¿Qué condición debe cumplir un producto para sustituir a otro en la dispensación?

  1. Tener el mismo precio de adquisición que el producto originalmente recetado
  2. Contar con la autorización expresa del plan médico del paciente
  3. Proceder del mismo mayorista que suministra el producto de marca
  4. Estar evaluado como terapéuticamente equivalente por la agencia federal

La sustitución se apoya en la evaluación de equivalencia terapéutica publicada por la FDA en el Orange Book, no en consideraciones comerciales. El precio, el proveedor y la posición del plan médico no acreditan equivalencia.

16. ¿Qué demuestra un estudio de bioequivalencia?

  1. Que dos productos tienen el mismo precio de venta al público
  2. Que dos productos contienen exactamente los mismos excipientes
  3. Que dos productos alcanzan una exposición sistémica comparable
  4. Que dos productos proceden del mismo laboratorio fabricante

La bioequivalencia demuestra que dos productos producen una exposición sistémica comparable, requisito de la vía abreviada de aprobación de la FDA. Los excipientes pueden diferir, y el precio y el fabricante no forman parte de esa demostración.

17. El paciente prefiere el producto de marca aunque exista un equivalente terapéutico. ¿Qué corresponde?

  1. Consultar al prescriptor para que decida cuál de los dos debe entregarse
  2. Dispensar el genérico porque la equivalencia terapéutica está acreditada
  3. Respetar su decisión, informarle de las implicaciones y registrar la elección
  4. Consultar al plan médico y dispensar el producto que este autorice

La decisión informada del paciente se respeta y se registra, en coherencia con el principio de autonomía del Código de Ética del Colegio de Farmacéuticos. La equivalencia acreditada, la opinión del prescriptor y la del plan no anulan esa decisión.

18. La receta indica expresamente que no se sustituya. ¿Qué margen tiene la farmacia?

  1. Puede sustituir si el paciente firma una autorización en el mostrador
  2. Debe dispensar el producto indicado y registrar la instrucción del prescriptor
  3. Puede sustituir si el equivalente tiene el mismo código de equivalencia terapéutica
  4. Puede sustituir si el plan médico no cubre el producto de marca recetado

La instrucción expresa del prescriptor de no sustituir se cumple y se registra, conforme a la Ley 247-2004. Ni una firma del paciente, ni la equivalencia acreditada, ni la cobertura del plan autorizan a contradecirla; la falta de cobertura se resuelve contactando al prescriptor.

19. ¿Qué indica el código que acompaña al reclamo sobre la sustitución realizada?

  1. El margen comercial aplicado por la farmacia a esa dispensación concreta
  2. El número de repeticiones que quedan disponibles en esa misma receta
  3. La fecha en la que el prescriptor emitió la receta que se está despachando
  4. Si se dispensó lo escrito o si hubo sustitución, y por decisión de quién

El código de dispensación informa al plan si se despachó el producto escrito o un equivalente, y a instancia de quién se tomó esa decisión. El margen, la fecha de emisión y las repeticiones se transmiten en otros campos del reclamo. Fuente: FDA, Approved Drug Products with Therapeutic Equivalence Evaluations (Orange Book).

20. ¿Qué comprueba el farmacéutico en la verificación final antes de entregar?

  1. Que el producto, la cantidad, el rótulo y la receta se corresponden entre sí
  2. Que el reclamo ha sido aceptado por el plan médico del paciente
  3. Que el producto seleccionado tiene el margen previsto por el establecimiento
  4. Que el técnico que preparó la dispensación ha registrado su nombre

La verificación final comprueba la correspondencia entre la receta, el producto seleccionado, la cantidad y el rótulo, acto que la Ley 247-2004 reserva al farmacéutico. La aceptación del reclamo, el margen y el registro del personal son comprobaciones administrativas.

21. ¿Puede el farmacéutico delegar la verificación final en un técnico con experiencia?

  1. Sí, siempre que el técnico tenga varios años de experiencia acreditada
  2. No, porque es un acto de juicio profesional reservado al farmacéutico
  3. Sí, si el farmacéutico revisa una muestra de las dispensaciones del día
  4. Sí, cuando el volumen de trabajo impide realizarla en el momento

La verificación final es un acto de juicio profesional que la Ley 247-2004 reserva al farmacéutico y que no se delega. Ni la experiencia del técnico, ni un muestreo posterior, ni la presión asistencial modifican esa regla.

22. ¿Qué situaciones justifican una verificación adicional independiente?

  1. Las dispensaciones cuyo importe supera un umbral fijado por el establecimiento
  2. Las dispensaciones realizadas durante las horas de menor actividad
  3. Las recetas emitidas por prescriptores nuevos para el establecimiento
  4. Las preparaciones complejas, los cálculos y los productos de alto riesgo

La verificación independiente adicional se reserva a los pasos de mayor riesgo, como cálculos, preparaciones complejas y productos de alto riesgo, según la literatura de seguridad del paciente. El importe, el prescriptor y el horario no son criterios de riesgo clínico. Fuente: Institute for Safe Medication Practices (ISMP), Targeted Medication Safety Best Practices for Community Pharmacy.

23. ¿Qué elementos cubre una consejería completa sobre un producto nuevo?

  1. El precio, la cobertura del plan y las alternativas más económicas disponibles
  2. El nombre del fabricante, el número de lote y la fecha de expiración del envase
  3. El propósito, el modo de uso, lo esperable, lo que vigilar y la conservación
  4. El historial de dispensaciones previas del paciente en el establecimiento

El marco federal de OBRA-90 y el estándar de práctica sitúan en la consejería el propósito, el modo de uso, lo esperable, los efectos que vigilar, la conducta ante una dosis olvidada y la conservación. Los datos comerciales, industriales o históricos no la sustituyen.

24. ¿Quién debe realizar la oferta de consejería al paciente?

  1. El personal técnico, que puede transmitir la oferta del farmacéutico
  2. El propio sistema informático, mediante un aviso impreso en el recibo
  3. El cajero del establecimiento en el momento de cobrar la dispensación
  4. El farmacéutico, que es quien la ofrece y quien la realiza

La consejería es una función profesional del farmacéutico bajo la Ley 247-2004 y el marco de OBRA-90; su oferta y su realización le corresponden. Un aviso impreso o la intervención de personal no licenciado no cumplen esa exigencia.

25. ¿Qué se registra cuando el paciente rechaza la consejería ofrecida?

  1. Que la oferta se realizó y que el paciente declinó recibirla
  2. La firma del paciente en un documento de renuncia a la atención farmacéutica
  3. El motivo personal que el paciente alegue para no querer recibirla
  4. Nada, porque la negativa del paciente cierra el asunto definitivamente

Se documenta que la oferta se realizó y que el paciente la declinó, dato que acredita el cumplimiento del marco de OBRA-90. Ni un documento de renuncia, ni el motivo personal, ni la ausencia de registro responden a esa exigencia.

26. ¿Qué método confirma que el paciente ha comprendido la consejería?

  1. Preguntarle si le ha quedado alguna duda antes de que salga del local
  2. Entregarle la información por escrito además de explicarla verbalmente
  3. Pedirle que explique con sus propias palabras cómo usará el producto
  4. Repetirle las instrucciones una segunda vez antes de la entrega

La técnica de devolución de la explicación es la única de las mencionadas que verifica comprensión, y así lo recoge la literatura de educación al paciente. Preguntar por dudas, entregar material o repetir la información no comprueban nada. Fuente: OBRA-90, prospective drug-use review and patient-counseling requirements.

27. ¿Qué aporta la consejería en una dispensación de repetición?

  1. Permite valorar adherencia, tolerancia y problemas surgidos desde la última vez
  2. Nada relevante, porque el paciente ya conoce el producto desde el inicio
  3. Sirve únicamente para confirmar que el paciente sigue con el mismo prescriptor
  4. Se limita a informar del precio actualizado del producto dispensado

Cada repetición es una oportunidad para valorar adherencia, tolerancia y problemas nuevos, función reconocida en el estándar de práctica farmacéutica. Considerarla innecesaria o reducirla a cuestiones administrativas desaprovecha esa oportunidad. Fuente: OBRA-90, prospective drug-use review and patient-counseling requirements.

28. ¿Qué exige la Regla de Privacidad de HIPAA durante la consejería?

  1. Que la conversación se documente íntegramente en el expediente del paciente
  2. Que se adopten medidas razonables para que terceros no escuchen la información
  3. Que el paciente firme una autorización antes de cada conversación clínica
  4. Que la consejería se realice siempre por escrito y nunca de forma verbal

HIPAA exige salvaguardas razonables para limitar la divulgación incidental de información de salud, lo que en la práctica significa usar el área designada y cuidar el tono de voz. No impone documentación literal, ni autorizaciones previas, ni la forma escrita.

29. ¿Qué categorías de error de dispensación son más frecuentes?

  1. Errores de facturación al plan médico y de aplicación del copago que corresponde al beneficiario
  2. Producto incorrecto, concentración incorrecta, cantidad incorrecta e instrucciones erróneas
  3. Errores en la colocación de los productos dentro del área de almacenamiento
  4. Errores en el registro del nombre del prescriptor en el sistema informático

La literatura de seguridad del paciente identifica como categorías principales el producto, la concentración, la cantidad y las instrucciones erróneas. Los errores administrativos y de organización interna tienen otras consecuencias y otra frecuencia. Fuente: Institute for Safe Medication Practices (ISMP), Targeted Medication Safety Best Practices for Community Pharmacy.

30. ¿Qué factor del sistema contribuye con mayor frecuencia a los errores de dispensación?

  1. Las interrupciones, la carga de trabajo y la similitud entre productos
  2. La falta de formación específica del personal técnico contratado
  3. La ausencia de un manual de procedimientos escrito en el establecimiento
  4. La antigüedad del sistema informático empleado en la farmacia

Las interrupciones, la carga de trabajo y la similitud entre nombres y envases son los factores más citados por la literatura de seguridad del paciente. La formación, los procedimientos y la tecnología influyen, pero no encabezan la lista de causas. Fuente: Poison Prevention Packaging Act, 15 U.S.C. §§ 1471–1477.

31. ¿Qué tipo de barrera resulta más eficaz para prevenir errores?

  1. Las que están integradas en el proceso y no dependen de la vigilancia individual
  2. Las que dependen de la memoria y de la atención de cada profesional
  3. Las que sancionan al profesional que comete un error de dispensación
  4. Las que aumentan el número de comprobaciones realizadas por la misma persona

Las barreras integradas en el proceso, como la lectura de código de barras o la verificación independiente, son más eficaces que las que dependen de la atención individual, según la literatura de seguridad del paciente. Las sanciones y la repetición por la misma persona no reducen el riesgo. Fuente: Institute for Safe Medication Practices (ISMP), Targeted Medication Safety Best Practices for Community Pharmacy.

32. Se detecta que un paciente recibió un producto equivocado hace dos días. ¿Cuál es la primera actuación?

  1. Contactar al paciente para detener el uso y valorar el riesgo con el prescriptor
  2. Registrar el incidente y esperar a que el paciente acuda de nuevo al local por su cuenta
  3. Sustituir el producto discretamente en la próxima visita del paciente
  4. Notificarlo al plan médico para que revierta el reclamo procesado

La primera actuación es contener el riesgo contactando al paciente y valorando la situación con el prescriptor, conducta exigida por el Código de Ética del Colegio de Farmacéuticos. Esperar, ocultar o priorizar la gestión administrativa agrava el daño potencial.

33. ¿Qué caracteriza una comunicación adecuada de un error al paciente?

  1. Minimizar la importancia del hecho para evitar preocupar al paciente
  2. Explicar lo ocurrido, sus posibles consecuencias y las medidas adoptadas
  3. Atribuir el error al prescriptor o al fabricante del producto dispensado
  4. Ofrecer una compensación económica antes de cualquier explicación

La comunicación adecuada explica lo ocurrido, las posibles consecuencias y las medidas adoptadas, conducta alineada con el Código de Ética y con la cultura de seguridad. Minimizar, desviar la responsabilidad o compensar sin explicar deterioran la confianza y la atención. Fuente: Institute for Safe Medication Practices (ISMP), Targeted Medication Safety Best Practices for Community Pharmacy.

34. ¿Qué persigue el análisis interno de un error de dispensación?

  1. Identificar las condiciones del sistema que permitieron que ocurriera
  2. Determinar quién es el responsable individual del error cometido
  3. Calcular el costo económico que el incidente supuso para la farmacia
  4. Preparar la defensa del establecimiento ante una eventual reclamación

El análisis busca identificar las condiciones del sistema que permitieron el error, enfoque que la literatura de seguridad del paciente ha demostrado más eficaz que la atribución individual. El costo y la defensa jurídica son consecuencias, no el objeto del análisis. Fuente: Institute for Safe Medication Practices (ISMP), Targeted Medication Safety Best Practices for Community Pharmacy.

35. En una cultura justa, ¿cómo se distingue el error humano de la conducta temeraria?

  1. El error humano lo comete el técnico y la conducta temeraria el farmacéutico
  2. El error humano ocurre en el turno de la mañana y la conducta temeraria en el turno nocturno
  3. El error humano es un desliz involuntario; la conducta temeraria ignora un riesgo conocido
  4. El error humano se sanciona y la conducta temeraria se analiza en el sistema

La cultura justa distingue el desliz involuntario de la elección consciente de ignorar un riesgo conocido, y responde de forma distinta a cada uno. El turno, la categoría profesional y la inversión de las consecuencias no describen ese marco. Fuente: Institute for Safe Medication Practices (ISMP), Targeted Medication Safety Best Practices for Community Pharmacy.

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